jueves, 21 de septiembre de 2023

Coyuntura política

Programa ConCriterio, radio fabulosa del 19 de septiembre de 2023.

Entrevista al Lic. Eduardo Mayora

Las medidas legales iniciadas por Semilla ¿pueden detener las acciones del MP para suprimir el partido y que también buscan evitar que el binomio tome posesión en enero 2024?

Minuto 58:00 Sí. Pueden detener o por lo menos modular y colocar en su justa dimensión las acciones del MP.

Si el TSE ya declaró un presidente electo ¿eso puede revertirse?

Minuto 59:30 La máxima autoridad en materia electoral que no está supeditada a órgano alguno es el Tribunal Supremo Electoral. Entre sus atribuciones está declarar la validez de las elecciones y a quienes resulten electos. Como eso ya ha ocurrido: no hay marcha atrás.

¿Se puede a través de amparos cesar a la fiscal general?

Hay reglas en la ley orgánica del MP que es importante se respeten. Sólo se puede con base a una causa legal. Lo que debiera ocurrir es que los tribunales de justicia, fijándose en el espíritu de la ley y la constitución, deberían ponerle límites al ejercicio de funciones del MP para que se conduzcan con razonabilidad y realización de los fines del derecho.

¿Qué motiva la actuación del MP en esta crisis?

Objetivamente, la sustancia de las denuncias hechas al MP no son de suficiente fundamento como para generar acusaciones e investigación si estas acciones se comparan con el hecho de que ya existe un resultado oficial de las elecciones y que esto representa la democracia del país. Una denuncia puede hacerse pero si producirá diligencias que generen incertidumbre contra un proceso del que depende la gobernabilidad del Estado se puede decir que no es proporcional al efecto negativo que puede causarle a la democracia.

Respecto al rechazo a la fiscal general ¿en qué posición queda un MP incluso señalado por la OEA?

Hay cargos en el Estado, como un ministro, que toman decisiones y formulan políticas públicas. Si uno de estos funcionarios sufre este desprestigio, lo normal en una institucionalidad madura es que renuncie a su cargo. Pero hay cargos que están para hacer valer las leyes y no conocen materia de políticas públicas o no suponen decisiones, como el fiscal general. 

En este caso, puede no ser una forma adecuada medir a un fiscal por conceptuación política o su popularidad, pero este fiscal debe ejercer sus funciones dentro de la razonabilidad y realización de los grandes fines del derecho. El límite de esas funciones lo definen los tribunales de la república. Estos tribunales moderan y vuelven al cauce de la razonabilidad las acciones del fiscal.


Escuchar programa aquí

 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Gracias por su opinión

Perfil Linkedin

Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *