domingo, 31 de mayo de 2020

35 años de la promulgación de nuestra actual Constitución Política de la República de Guatemala

Por: Dr Alejandro José Gutierrez Dávila

Hoy es un día importante para todos los ciudadanos de Guatemala, ya que hoy se cumplen 35 años de la promulgación de nuestra actual Constitución Política de la República de Guatemala.

Nuestra Constitución fue promulgada el 31 de Mayo de 1985, en un momento histórico único en el siglo XX, pues las grandes potencias del mundo, especialmente los Estados Unidos de América y Alemania, acordaron unir sus esfuerzos para apoyar a los países latinoamericanos, para que estos pusieran fin a sus conflictos internos y trascendieran de una larga cadena de gobiernos de facto, hacia una Democracia republicana moderna, en la cual se reconocieran y se garantizaran los derechos humanos de todas las personas sin distinción de sexo, nacionalidad, raza, religión, edad y posición económica. 

Dentro de esa coyuntura global, Guatemala como país integrante de Latinoamérica, se embarcó en ese proceso constitucionalizador y democratizador, en el que todas las fuerzas vivas del país llegaron a un consenso de nación único en la historia de Guatemala; que culminó en una Asamblea Nacional Constituyente electa con mas del 90 % de participación ciudadana (record de participación electoral en Guatemala), la cual aprobo un proyecto de Constitución filosófica y epistemológicamente completa e integral, tan es así que hoy por hoy, implica uno de los pactos sociales mas avanzados en Latinoamérica, sobre todo en la temática de derechos humanos.

En ese sentido nuestra actual Constitución Política de la República de Guatemala, se inspira filosóficamente en el paradigma del Iusnaturalismo Racional Practico Secular Democrático y Republicano Kantiano, complementado con un ingrediente social basado en el Iusnaturalismo Neo-kantiano Stammleriano de inspiración Hegeliana; razón por la que no es una Constitución positivista, en consecuencia no es una ley, sino un Pacto Social, Politico, Jurídico, Etico, Moral, Económico y Cultural, ya que ella misma hace la distinción entre Constitución y Ley en sus artículos 152, 154 y 203 entre otros.

Por ser iusnaturalista, nuestra Constitución divide al Derecho entre leyes creadas por el Estado y Valores y Derechos Naturales Racionales, prevaleciendo estos últimos, sobre las leyes positivas, tan es así, que en su artículo 44 indica que se reconocen todos los derechos inherentes a la persona humana aunque no esten expresamente regulados en la Constitución y que si las leyes positivas restringen, disminuyen y tergiversan esos derechos naturales son NULAS IPSO IURE. 

Además es necesario resaltar, que ese iusnaturalismo constitucional, es Kantiano, pues su naturaleza humanista se basa en el Principio de Dignidad kantiano consistente en la Primacía de la Persona Humana como sujeto y FIN del orden social, lo cual implica que el ser humano nunca puede ser un medio, sino que siempre debe ser un FIN EN SÍ MISMO, tal y como lo postula el principio de dignidad kantiana.

Sobre esa base, entonces nuestro Pacto Social es extraordinario, pues dedica 137 artículos para consagrar derechos fundamentales, siendo adelantada a su tiempo, pues garantiza el derecho al medio ambiente (articulo 97) el derecho a la tecnología moderna (artículo 80), el derecho al pluriculturalismo (artículo 66) el derecho al seguro social (artículo 100) el derecho a la libre empresa y libertad de comercio (artículos 43 y 130) el derecho a un debido proceso garantista (artículos del 6° al 22), los derechos laborales sociales (artículo 101) el derecho a la propiedad intelectual (articulo 42), la igualdad entre hombres y mujeres en oportunidades y responsabilidades (articulo 4°), el derecho de protección especial de las personas con capacidades diferentes (artículo 53), así como todas las libertades públicas, entre otros.

Reconoce de esa manera, un Estado garantista al servicio del Pueblo (artículo 140) inspirándose para el efecto en el contrato social postulado por el pensamiento de Juan Jacobo Rousseau e Immanuel Kant, en el cual el Pueblo de Guatemala conserva la titularidad de la soberanía convirtiéndose en el único intérprete auténtico de la Constitución Política de la República de Guatemala, por medio del Referendum Consultivo, tal y como lo regula para el efecto, su artículo 173, el cual establece: "Las decisiones políticas de especial trascendencia deberán ser sometidas a procedimiento consultivo de todos los ciudadanos....".

En conclusión tenemos un Pacto Social extraordinario, por lo tanto estudiémoslo, averiguando su transfondo filosófico y epistemológico, para que podamos todos, en verdad, conocer su espíritu y en consecuencia su verdadero sentido de aplicación, integración e interpretación, esto con el fin de que su esencia se aplique verdaderamente en la realidad guatemalteca y en consecuencia tengamos un verdadero Estado Constitucional de Derecho, Republicano y Democrático que se base y se subordine a la voluntad soberana del único soberano y máxima autoridad del Estado de Guatemala, el Pueblo de Guatemala.

Asi que feliz cumpleaños número 35 de nuestra Actual Constitución Política de la República de Guatemala.

Dr Alejandro Gutiérrez


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El Doctor Alejandro José Gutiérrez Dávila, es doctor en derecho, recientemente presentó su libro: “FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA” de la editorial Ohio Print and Paper S.A. 2020, ISBN: 978-9929-595-03-3



9 comentarios:

  1. Y qué hacemos para que nuestras cortes la valoren y no la sigan violando como lo han hecho por décadas, principalmente la última, mi querido Doctor? Principalmente aprovechándose de esos 137 artículos.

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    1. Dr. Alejandro José Gutiérrez31 de mayo de 2020, 4:53 p.m.

      Para eso es necesario que las y los profesionales de este país, estudien, estudien y estudien; sobre todo que estudien doctorados, para que los ciudadanos guatemaltecos, conozcan y sepan que tenemos una Constitución ilustrada y liberal inspirada en los mismos fundamentos filosóficos que la Constitución de los Estados Unidos de América. Realmente se han mal interpretado esos 137 artículos, porque no conocen su teleología filosófica. Detrás de cada articulo, hay que leer mínimo de 200 a 500 libros.

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  2. ¿Bajo qué gobierno se desarrolló esta Constitución?

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    1. Dr. Alejandro Gutiérrez Dávila31 de mayo de 2020, 4:22 p.m.

      Oscar Humberto Mejía Víctores

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    2. ¿El Pensamiento social demócrata prevaleció?

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    3. Dr. Alejandro José Gutiérrez31 de mayo de 2020, 4:29 p.m.

      Pues no, más bien la democracia cristiana alemana, que siempre fue un movimiento más conservador, de fundamentación liberal.
      La constitución que era social demócrata era la de 1945.

      Nuestra Constitución de 1985 y casi todas las iberoamericanas y de la Europa Occidental tienen la misma fundamentación liberal ilustrada, forman parte del constitucionalismo occidental.

      Artículo 39 propiedad privada, artículo 42 propiedad intelectual, artículo 38 derecho de tenencia y portación de armas, artículo 43 libertad de industria y de comercio, artículo 5 libertad de acción, artículo 130 economía de mercado, artículo 80 derecho a la evolución tecnológica privada, artículo 35 libertad de prensa, articulo 36 libertad de culto, artículo 63 libre expresión creadora y artículo 119 "son obligaciones fundamentales del Estado las siguientes: k. Proteger la formación de capital, el ahorro y la inversión; l. Promover el desarrollo ordenado y eficiente del comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales;"

      Estos son ejemplos de que tenemos una Constitución liberal y Estado liberal, no veo lo social demócrata ahí. Son los mismos derechos que consagran la Bill of Rigths es decir las 10 primeras enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos.

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  3. Gracias Doctor por compartir sus conocimientos y lecciones de estudio, sin duda su dedicación y esmero por escudriñar la Construcción Política de la República de Guatemala es valioso, esa entrega profesional y académica es de felicitar.

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    1. Dr. Alejandro José Gutiérrez31 de mayo de 2020, 4:32 p.m.

      Muchas gracias Sara.

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  4. Gracias por compartir sus conocimientos apreciado y admirado Dr.Gutiérrez, un privilegio ser su alumna.

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