lunes, 2 de marzo de 2020

El Estado según el modelo contractualista de Rousseau



Esta presentación la impartí durante la clase de teorías políticas, en el doctorado de ciencia política y seguridad de la Universidad de Occidente, extensión Karl Popper, ciudad de Guatemala

El fundamento de la sociedad, el acto por medio del cual un pueblo llega a ser pueblo es por medio del contrato social planteado por Rousseau. Decide hacerlo así porque

El hombre en su libertad, decide "asociarse" para ser regido por un gobernante electo haciéndose súbdito todo el pueblo de "la ley" (no del gobernante). Elige esto porque al estar sólo con su familia toca enfrentarse a obstáculos de todo tipo que atentan contra su conservación.

No puede crear fuerza suficiente, pero sí puede acordar unir la fuerza y libertad de los demás para un fin de bienestar común. Este contrato social define las condiciones para que las personas y sus bienes puedan ser defendidos; unidos deciden obedecer a una entidad pública pero a la vez permanecen en el goce de las mismas libertades que antes.

Cada individuo cede su derecho en favor de un derecho común. Si éste derecho se planifica igual para todos, ninguno de los individuos querrá más para otro. Nadie reclama porque todos tienen los mismos derechos. Todo bajo la supremacía de la voluntad general.

De esta forma se produce un tránsito de el "estado natural de libertad" hacia un "Estado civil asociado y organizado" que constituye un cuerpo político o república.

Cada individuo se autoimpone deberes recíprocos: como pueblo, como parte de lo público hacia el pueblo y como parte del pueblo en su obligación para con lo público. El deber y el interés obligan a las dos partes.

El gobierno, que se compone de particulares, no puede dañar al resto porque no pueden dañarse así mismos (por cuanto todos tienen los mismos derechos). Un particular en el ejercicio de su libertad puede escoger gozar de los derechos pero obviar sus deberes, pero esta práctica conducirá a la ruina del cuerpo político (Estado). El mismo contrato social debe acordar medidas contra estas injusticias y los particulares aceptarlas.

En el contrato social se opta por cambiar la libertad natural por la libertad civil. No hay derecho ilimitado pero hay derecho sujeto a la voluntad general y se asegura el derecho de su propiedad.

De esta forma el sistema social (contrato) no destruye la igualdad natural original sino que la garantiza a través de la organización frente a los obstáculos naturales que asolarían a los individuos si actuaran sólos. Es una igualdad moral y legítima frente a la desigualdad física que la naturaleza pudo haber establecido.

Los desiguales en fuerza y talento, mediante a acceso a oportunidades (que el acuerdo incluye) se hacen iguales por convención y no por derecho.

Ver presentación completa aquí

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